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martes, 11 de noviembre de 2014

El consumidor y el derecho a la información.


El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.
La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada con claridad necesaria que permita su comprensión.
Este es un derecho constitucional del consumidor regulado en el artículo 42 de la Constitución Nacional cuando establece en el primer párrafo el derecho a una información adecuada y veraz. 
¿Qué comprende el derecho a la información del usuario o consumidor?
El consumidor o usuario debe tener información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características del producto o servicio que adquiere, y sobre su adecuado uso o consumo. Asimismo es importante la información sobre las condiciones de su comercialización. 
Esta información debe ser proporcionada por el proveedor en forma gratuita. 

Relación de consumo.

¿Qué es la relación de consumo en la ley 24.240? 

La relación de consumo es el vínculo jurídico entre el proveedor y el consumidor o usuario.

¿Qué leyes se aplican a la relación de consumo además de la ley 24.240?

Las disposiciones de ley 24240 se integran con las normas generales y especiales aplicables a las relaciones de consumo, en particular la Ley Nº 25.156 de Defensa de la Competencia y la Ley Nº 22.802 de Lealtad Comercial o las que en el futuro las reemplacen. En caso de duda sobre la interpretación de los principios que establece esta ley prevalecerá la más favorable al consumidor. Las relaciones de consumo se rigen por el régimen establecido en esta ley y sus reglamentaciones sin perjuicio de que el proveedor, por la actividad que desarrolle, esté alcanzado asimismo por otra normativa específica.

Responsabilidad frente al consumidor.

¿Quién debe responder frente el consumidor? 
Cuando un consumidor es perjudicado el responsable es el proveedor, quien está obligado al cumplimiento de la ley 24.240.
¿Quién es el proveedor en la ley de defensa del consumidor?
Es la persona física o jurídica de naturaleza pública o privada, que desarrolla de manera profesional, aun ocasionalmente, actividades de producción, montaje, creación, construcción, transformación, importación, concesión de marca, distribución y comercialización de bienes y servicios, destinados a consumidores o usuarios. 
¿Quienes están excluidos de la responsabilidad según la ley 24.240?
No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales reconocidos oficialmente o autoridad facultada para ello, pero sí la publicidad que se haga de su ofrecimiento. Ante la presentación de denuncias, que no se vincularen con la publicidad de los servicios, presentadas por los usuarios y consumidores, la autoridad de aplicación de esta ley informará al denunciante sobre el ente que controle la respectiva matrícula a los efectos de su tramitación.