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martes, 11 de noviembre de 2014

El consumidor y el derecho a la información.


El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.
La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada con claridad necesaria que permita su comprensión.
Este es un derecho constitucional del consumidor regulado en el artículo 42 de la Constitución Nacional cuando establece en el primer párrafo el derecho a una información adecuada y veraz. 
¿Qué comprende el derecho a la información del usuario o consumidor?
El consumidor o usuario debe tener información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características del producto o servicio que adquiere, y sobre su adecuado uso o consumo. Asimismo es importante la información sobre las condiciones de su comercialización. 
Esta información debe ser proporcionada por el proveedor en forma gratuita. 

Responsabilidad frente al consumidor.

¿Quién debe responder frente el consumidor? 
Cuando un consumidor es perjudicado el responsable es el proveedor, quien está obligado al cumplimiento de la ley 24.240.
¿Quién es el proveedor en la ley de defensa del consumidor?
Es la persona física o jurídica de naturaleza pública o privada, que desarrolla de manera profesional, aun ocasionalmente, actividades de producción, montaje, creación, construcción, transformación, importación, concesión de marca, distribución y comercialización de bienes y servicios, destinados a consumidores o usuarios. 
¿Quienes están excluidos de la responsabilidad según la ley 24.240?
No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales reconocidos oficialmente o autoridad facultada para ello, pero sí la publicidad que se haga de su ofrecimiento. Ante la presentación de denuncias, que no se vincularen con la publicidad de los servicios, presentadas por los usuarios y consumidores, la autoridad de aplicación de esta ley informará al denunciante sobre el ente que controle la respectiva matrícula a los efectos de su tramitación.


El consumidor en la legislación argentina.


La ley 24.240 es la que regula el régimen de defensa del consumidor en el derecho argentino. Ha sido modificada el 7 de abril de 2008 a través de la promulgación de la ley 26361. Y posteriormente el 8 de octubre de 2014 ha sido modificada por la ley 26.994 de aprobación del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, cuya entrada en vigencia es a partir del 1 de enero de 2016. 

Ahora bien, ¿quién es el consumidor?

Se considera consumidor a la persona física o jurídica que adquiere o utiliza, en forma gratuita u onerosa, bienes o servicios como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social.

Queda equiparado al consumidor quien, sin ser parte de una relación de consumo como consecuencia o en ocasión de ella, adquiere o utiliza bienes o servicios, en forma gratuita u onerosa, como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social.