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martes, 7 de julio de 2015

Ley 26529 sobre salud pública y derechos del paciente


CONSENTIMIENTO INFORMADO
ARTICULO 1º — Ambito de aplicación. El ejercicio de los derechos del paciente, en cuanto a la autonomía de la voluntad, la información y la documentación clínica, se rige por la presente ley.

martes, 11 de noviembre de 2014

El consumidor y el derecho a la información.


El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.
La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada con claridad necesaria que permita su comprensión.
Este es un derecho constitucional del consumidor regulado en el artículo 42 de la Constitución Nacional cuando establece en el primer párrafo el derecho a una información adecuada y veraz. 
¿Qué comprende el derecho a la información del usuario o consumidor?
El consumidor o usuario debe tener información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características del producto o servicio que adquiere, y sobre su adecuado uso o consumo. Asimismo es importante la información sobre las condiciones de su comercialización. 
Esta información debe ser proporcionada por el proveedor en forma gratuita. 

sábado, 25 de octubre de 2014

Derecho a la información de las personas nacidas por técnicas de reproducción asistida.

Una de las fuentes de filiación que establece el nuevo Código Civil argentino es por técnicas de reproducción asistida. 

Se plantea un interrogante respecto el derecho a la información de las personas nacidos por este método. ¿Qué establece el Código? La información relativa a que la persona ha nacido por el uso de técnicas de reproducción humana asistida con gametos de un tercero debe constar en el correspondiente legajo base para la inscripción del nacimiento.

Ahora bien, ¿qué debe contener esa información?, el código lo resuelve de la siguiente manera:  

A petición de las personas nacidas a través de las técnicas de reproducción humana asistida, puede: 

a. obtenerse del centro de salud interviniente información relativa a datos médicos del donante, cuando es relevante para la salud;

b. revelarse la identidad del donante, por razones debidamente fundadas, evaluadas por la autoridad judicial por el procedimiento más breve que prevea la ley local.