sábado, 25 de octubre de 2014

Derecho de comunicación en el Nuevo Código Civil argentino

¿Qué es el derecho de comunicación en el nuevo Código Civil argentino? 

El nuevo Código Civil establece que los que tienen a su cargo el cuidado de personas menores de edad, con capacidad restringida, o enfermas o imposibilitadas, deben permitir la comunicación de estos con sus ascendientes, descendientes, hermanos bilaterales o unilaterales y parientes por afinidad en primer grado. 

Si se deduce oposición fundada en posibles perjuicios a la salud mental o física de los interesados, el juez debe resolver lo que corresponda por el procedimiento más breve que prevea la ley local y establecer, en su caso, el régimen de comunicación más conveniente de acuerdo a las circunstancias.

Asimismo se aplica a favor de quienes justifiquen un interés afectivo legítimo.

Pero ¿Qué pasa si no se cumple el régimen de comunicación? El juez puede imponer, al responsable del incumplimiento reiterado del régimen de comunicación establecido por sentencia o convenio homologado, medidas razonables para asegurar su eficacia.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario